miércoles, 29 de agosto de 2012

Nuevo sistema de Evaluación Marzo-Marzo


A partir del ciclo lectivo 2012, rige un nuevo sistema de evaluación para los alumnos que lleven asignaturas a examen, según lo dispuesto por el Ministerio de Educación de la Ciudad. (Res. 11684/2011) Así es que en la nueva denominación se habla de un ciclo lectivo marzo-marzo. De esta manera al período que se inicia en diciembre, una vez finalizado  el 3º Trimestre, se  lo considera la  continuidad natural del ciclo lectivo y a  la evaluación  un momento más dentro del proceso de enseñanza- aprendizaje.

1. Se establece que las dos instancias (diciembre y febrero-marzo) son reemplazadas por un único período, que comienza en diciembre y finaliza en el mes de febrero- marzo.

2. Destinatarios: a este período deberán asistir los/as alumnos/as que:

·        No aprobaron las asignaturas al final del tercer trimestre, sea cual fuere su promedio anual,
·        Quedaron libres por inasistencias (aquellos que alcanzaron 25 faltas o más) y hayan continuado asistiendo en calidad de oyentes
·         Adeuden asignaturas de 5º Año-cursadas en años anteriores- , ya que quedan incluidos en este sistema y por lo tanto deben inscribirse durante el mes de noviembre- en Secretaría de Secundaria de 8.30 a 11.30 hs-  para ser notificados de las características de este período.

3. Docentes: los docentes a cargo del período son los mismos que dictaron la asignatura durante el año escolar y continúan haciéndolo en el mismo horario y con la misma carga horaria durante el período diciembre y febrero-marzo.

4. Contenidos: debe comprenderse que el/la alumno/a, no lleva a examen los trimestres no aprobados como en el sistema anterior, sino los contenidos significativos de la asignatura, sin importar tampoco el promedio como antes, ya que en esta nueva propuesta deben asistir a esta instancia de diciembre, todos los/as alumnos/as con un promedio inferior a 6 (seis), o sea entre 1 (uno) a 5,99(cinco con noventa y nueve). Es fundamental comprender esto, ya que a partir de ahora, los/as alumnos/as no se llevan materias directamente a febrero-marzo. Todas se comienzan a rendir a partir del inicio de la etapa de diciembre.

5. Asistencia: El/la alumno/a debe tener un 75% de asistencia obligatoria al momento de aprobar (cuando el docente considere que ha  alcanzado los contenidos significativos sea diciembre o febrero-marzo). El/la alumno/a que no haya cumplido con el porcentaje de asistencia requerido o que no justificase debidamente sus inasistencias no podrá aprobar la materia. Si esto se produce en diciembre no tiene la posibilidad de rendir en el período febrero-marzo, con lo que se le cierra la calificación en diciembre con Ausente, lo que equivale a tener ya la materia previa. De no cumplir con la asistencia en el mes de febrero-marzo, también se lo califica Ausente, adeudando la asignatura en calidad de previa.

6. Justificación de inasistencia: Ante la situación de la ausencia de un/a alumno/a a algunos de los encuentros del período de diciembre o febrero-marzo, los Señores Padres, en el día de la ausencia, deberán comunicarse telefónicamente con la Rectoría para informar el motivo de la ausencia, contemplándose que los únicos motivos para la misma pueden ser enfermedad o motivo valedero fundado en causa mayor, los cuales  se deberán documentar fehacientemente. El alumno/a ausente, al reintegrarse al Colegio deberá presentar al preceptor de su curso el certificado médico pertinente, o la justificación por escrito más los comprobantes que acrediten la causa mayor  de sus inasistencias. Solo una vez cumplidos estos requisitos, la Rectoría autorizará a los docentes a continuar con el proceso de evaluación.

7. Acciones: Se notificará  a los Señores Padres y/o responsables legales y a los alumnos en su debido momento, el plan de acción de la asignatura no aprobada, en el que figurará:

·        Docente a cargo de clases e instancias de evaluación

·        Contenidos significativos a evaluar

·        Formas de evaluación

·         Tiempo asignado

·         Recursos a utilizar

8. Aprobación: el docente de la materia, es el que determina, en concordancia con el proceso desarrollado por el alumno/a, si alcanzó los contenidos significativos requeridos para la aprobación de la asignatura. Y esto, puede decidirlo tanto en la instancia de diciembre, o puede considerar que debe continuar, con los contenidos significativos no alcanzados, en el período de febrero- marzo.
Por lo tanto se pueden  dar  tres situaciones:
a- que el alumno/a apruebe en la instancia de diciembre la asignatura y ya no deba concurrir al período febrero-marzo
b- que no logre alcanzar la aprobación en el período  de diciembre y deba continuar con el proceso de enseñanza-evaluación – con los contenidos significativos que el docente determine- en el período febrero-marzo
c- que no cumpla con el requisito del 75% de asistencia en el período de diciembre, con lo que ya la asignatura pasará a la condición de materia previa, no pudiendo rendirla en el período febrero-marzo.
Para los/as alumnos/as que deban concurrir al período febrero-marzo, podrán darse las siguientes situaciones:
a- que apruebe la asignatura en esta instancia.
b- que no apruebe la asignatura y ésta pase a condición de previa
c- que no cumpla con el requisito del 75% de asistencia en el período (febrero-marzo), con lo que la asignatura pasará a la condición de materia previa.
La nota de aprobación sigue siendo, en cualquiera de los momentos, de 6(seis) puntos.
El sistema mantiene, que para la promoción del estudiante al curso inmediato superior, el alumno/a sólo puede contar con dos asignaturas previas.

9. Aprobación de materias previas: El sistema descrito no abarca la aprobación de materias previas, las cuales  se rendirán con programa completo, en  las mesas de examen de diciembre, marzo y  julio-agosto, integradas por un tribunal docente. Sigue sin haber régimen de correlatividades.
10. Mesas de exámenes para alumnos libres:  Los alumnos que exceden las 30 faltas,  perderán su condición de alumno regular y rendirán la materia en mesa de examen convocada a tal fin, en calidad de libres.

11. Cierres: existen tres momentos:
 a. al finalizar el 3º Trimestre-Calificación Final/ Promedio Anual
 b. al finalizar el período escolar – 2º Cierre diciembre.
 c. al finalizar el ciclo lectivo -3º Cierre marzo.
12. El nuevo sistema, mantiene del sistema anterior lo siguiente:
·        El año escolar se divide pedagógicamente en 3 (tres) trimestres.
·        La calificación para aprobar es 6 (seis) como mínimo para cada trimestre
·        El promedio final de los 3 (tres) trimestres para aprobar debe ser 6 (seis) cómo mínimo
·        La calificación del último trimestre no puede ser menor a 6 (seis). En caso contrario el/la alumno/a deberá rendir la asignatura en diciembre por más que el promedio final sea superior a 6 (seis).



La presente circular deja sin efecto los puntos 6-7-8-9 y 10 del Régimen de Evaluación, Calificación y Promoción (páginas 9 y 10) del Proyecto Educativo Institucional y el cuadro con ejemplos clarificadores es reemplazado por el de esta circular.