A partir del
ciclo lectivo 2012, rige un nuevo sistema de evaluación para los alumnos que
lleven asignaturas a examen, según lo dispuesto por el Ministerio de Educación
de la Ciudad.
(Res. 11684/2011) Así es que en la nueva denominación se habla de un ciclo
lectivo marzo-marzo. De esta manera al período que se inicia en diciembre, una
vez finalizado el 3º Trimestre, se lo considera la continuidad natural del ciclo lectivo y a la evaluación
un momento más dentro del proceso de enseñanza- aprendizaje.
1. Se establece
que las dos instancias (diciembre y febrero-marzo) son reemplazadas por un
único período, que comienza en diciembre y finaliza en el mes de febrero-
marzo.
2. Destinatarios: a este período
deberán asistir los/as alumnos/as que:
·
No aprobaron las asignaturas al
final del tercer trimestre, sea cual
fuere su promedio anual,
·
Quedaron libres por
inasistencias (aquellos que alcanzaron 25 faltas o más) y hayan continuado asistiendo
en calidad de oyentes
·
Adeuden asignaturas de 5º Año-cursadas en años
anteriores- , ya que quedan incluidos en este sistema y por lo tanto deben
inscribirse durante el mes de noviembre- en Secretaría de Secundaria de 8.30 a 11.30 hs- para ser notificados de las características
de este período.
3. Docentes: los docentes a cargo
del período son los mismos que dictaron la asignatura durante el año escolar y
continúan haciéndolo en el mismo horario y con la misma carga horaria durante
el período diciembre y febrero-marzo.
4. Contenidos: debe comprenderse que
el/la alumno/a, no lleva a examen los trimestres no aprobados como en el
sistema anterior, sino los contenidos
significativos de la asignatura, sin importar tampoco el promedio como
antes, ya que en esta nueva propuesta deben asistir a esta instancia de
diciembre, todos los/as alumnos/as con un promedio inferior a 6 (seis), o sea
entre 1 (uno) a 5,99(cinco con noventa y nueve). Es fundamental comprender
esto, ya que a partir de ahora, los/as alumnos/as no se llevan materias
directamente a febrero-marzo. Todas se comienzan a rendir a partir del inicio
de la etapa de diciembre.
5. Asistencia: El/la alumno/a debe
tener un 75% de asistencia obligatoria al momento de aprobar (cuando el docente
considere que ha alcanzado los
contenidos significativos sea diciembre o febrero-marzo). El/la alumno/a que no
haya cumplido con el porcentaje de asistencia requerido o que no justificase
debidamente sus inasistencias no podrá aprobar la materia. Si esto se produce
en diciembre no tiene la posibilidad de rendir en el período febrero-marzo, con
lo que se le cierra la calificación en diciembre con Ausente, lo que equivale a tener ya la materia previa. De no
cumplir con la asistencia en el mes de febrero-marzo, también se lo califica Ausente, adeudando la asignatura en
calidad de previa.
6. Justificación de inasistencia: Ante
la situación de la ausencia de un/a alumno/a a algunos de los encuentros del
período de diciembre o febrero-marzo, los Señores Padres, en el día de la ausencia,
deberán comunicarse telefónicamente con la Rectoría para informar el motivo de la ausencia,
contemplándose que los únicos motivos para la misma pueden ser enfermedad o
motivo valedero fundado en causa mayor, los cuales se deberán documentar fehacientemente. El
alumno/a ausente, al reintegrarse al Colegio deberá presentar al preceptor de
su curso el certificado médico pertinente, o la justificación por escrito más
los comprobantes que acrediten la causa mayor de sus inasistencias. Solo una vez cumplidos
estos requisitos, la Rectoría
autorizará a los docentes a continuar con el proceso de evaluación.
7. Acciones: Se notificará a los Señores Padres y/o responsables legales
y a los alumnos en su debido momento, el plan de acción de la asignatura no
aprobada, en el que figurará:
·
Docente a cargo de clases e
instancias de evaluación
·
Contenidos significativos a
evaluar
·
Formas de evaluación
·
Tiempo asignado
·
Recursos a utilizar
8. Aprobación: el docente de la
materia, es el que determina, en concordancia con el proceso desarrollado por
el alumno/a, si alcanzó los contenidos significativos requeridos para la
aprobación de la asignatura. Y esto, puede decidirlo tanto en la instancia de
diciembre, o puede considerar que debe continuar, con los contenidos
significativos no alcanzados, en el período de febrero- marzo.
Por lo tanto se
pueden dar tres situaciones:
a- que el
alumno/a apruebe en la instancia de diciembre la asignatura y ya no deba
concurrir al período febrero-marzo
b- que no logre
alcanzar la aprobación en el período de diciembre
y deba continuar con el proceso de enseñanza-evaluación – con los contenidos
significativos que el docente determine- en el período febrero-marzo
c- que no cumpla
con el requisito del 75% de asistencia en el período de diciembre, con lo que
ya la asignatura pasará a la condición de materia previa, no pudiendo rendirla
en el período febrero-marzo.
Para los/as
alumnos/as que deban concurrir al período febrero-marzo, podrán darse las
siguientes situaciones:
a- que apruebe
la asignatura en esta instancia.
b- que no
apruebe la asignatura y ésta pase a condición de previa
c- que no cumpla
con el requisito del 75% de asistencia en el período (febrero-marzo), con lo
que la asignatura pasará a la condición de materia previa.
La nota de
aprobación sigue siendo, en cualquiera de los momentos, de 6(seis) puntos.
El sistema
mantiene, que para la promoción del estudiante al curso inmediato superior, el
alumno/a sólo puede contar con dos asignaturas previas.
9. Aprobación de materias previas:
El sistema descrito no abarca la aprobación de materias previas, las
cuales se rendirán con programa
completo, en las mesas de examen de
diciembre, marzo y julio-agosto,
integradas por un tribunal docente. Sigue sin haber régimen de correlatividades.
10. Mesas de exámenes para alumnos libres:
Los alumnos que exceden las 30 faltas, perderán su condición de alumno regular y rendirán
la materia en mesa de examen convocada a tal fin, en calidad de libres.
11. Cierres: existen tres momentos:
a. al finalizar el 3º Trimestre-Calificación
Final/ Promedio Anual
b. al finalizar el período escolar – 2º Cierre
diciembre.
c. al finalizar el ciclo lectivo -3º Cierre
marzo.
12. El nuevo
sistema, mantiene del sistema anterior lo siguiente:
·
El año escolar se divide
pedagógicamente en 3 (tres) trimestres.
·
La calificación para aprobar es
6 (seis) como mínimo para cada trimestre
·
El promedio final de los 3
(tres) trimestres para aprobar debe ser 6 (seis) cómo mínimo
·
La calificación del último
trimestre no puede ser menor a 6 (seis). En caso contrario el/la alumno/a
deberá rendir la asignatura en diciembre por más que el promedio final sea
superior a 6 (seis).
La presente circular deja sin efecto los puntos
6-7-8-9 y 10 del Régimen de Evaluación, Calificación y Promoción (páginas 9 y
10) del Proyecto Educativo Institucional y el cuadro con ejemplos
clarificadores es reemplazado por el de esta circular.